-Su participación, además de ser ilegal, pone en riesgo la paz social del ejido, señalan. -Piden iniciar procedimientos administrativos conta Jefe de Residencia y Visitadora Agraria.
Juan López Sánchez/Barra Informativa/Oaxaca Aquí y Ahora|Oaxaca, 02 de julio 2022.- Decenas de ejidatarios de Soledad Etla, demandan ante el representante de la Procuraduría Agraria en el Estado de Oaxaca, Gonzalo Villalobos López, la exclusión de los integrantes de la Planilla Roja, Pipino López Rojas, Fidencio López Carrasco y Ponciano Rojas Rojas, registrada para participar en el proceso electoral para elegir a los nuevos integrantes del Comisariado Ejidal y Consejo de Vigilancia, programado para el próximo 6 de julio.
Asimismo, exigen se inicien los procedimientos administrativos ante el Órgano Interno de Control, en contra del Jefe de Residencia Rufino González Tomas y de la Visitadora Agraria Soila Guzmán López, por violación a sus deberes institucionales al vulnerar lo establecido en el primer párrafo del artículo 39 de la Ley Agraria vigente.
Los motivos, se asienta en el oficio presentado y sellado de recibido por dicha instancia el pasado 01 de julio del presente año, es la violación al primer párrafo del artículo 39 de la Ley Agraria que establece que ninguno de los integrantes del comisariado o consejo de vigilancia podrán ser electos para ningún cargo del ejido, sino hasta que haya transcurrido un lapso igual a aquél en que estuvieron en ejercicio. Es decir, no puede haber reelección inmediata.
Como hemos dado cuenta en este espacio informativo, dichos ejidatarios recién han concluido sus funciones como representantes ejidales.
Considerar su participación, añaden, además de ilegal y violatoria, representa un riesgo para la paz social que caracteriza la vida interna del ejido de Soledad Etla.
Además, abundan, la gestión de dichos ciudadanos que finiquitó el recién pasado mes de febrero, se distinguió por una ausencia total de transparencia, tanto en lo que corresponde a los frutos que generan la explotación de los recursos naturales (arena, grava, tierra, cantera, etc.), como en lo relacionado a los bienes muebles con que cuenta el ejido (tractores, carro de volteo, retroexcavadora, ingresos extraordinarios por derechos de piso).
Por tales motivos, subrayan, le solicitan al Representante Agrario en la entidad, se conduzca con estricto apego a la Ley Agraria y el día de la elección para nombrar a los nuevos integrantes del Comisariado Ejidal y del Consejo de Vigilancia sean excluidos para participar en la contienda a los señalados.
El espíritu que el legislador quiso imprimir en el primer párrafo del artículo 39 de la Ley Agraria, le dicen a Gonzalo Villalobos López, fue la necesidad de evitar prácticas viciosas y conflictos de intereses, que son la causa que genera en cualquier comunidad, la inestabilidad y la perdida de la Paz Social.
Menester es recordar, que este funcionario público, Villalobos López, ha sido cuestionado por su tendenciosa participación en un conflicto similar en la comunidad de Santa Cruz Tagolaba, Tehuantepec, por lo que los comuneros de dicha población han exigido sea destituido.

