Demandó a un ayuntamiento por falta de pago, pero sin contrato firmado perdió el caso en tribunales.
Rodrigo Gutiérrez González |Ciudad de México, 14 de abril 2026 – 6:00 am (SinEmbargo).- Un trabajador demandó a un ayuntamiento en Veracruz luego que se negaran a pagarle un trabajo realizado bajo un contrato verbal.
La batalla legal terminó en las últimas instancias y dejó un importante precedente para proveedores y prestadores de servicios gubernamentales.
El caso fue resuelto el 12 de noviembre del año pasado, pero fue dado a conocer apenas este 10 de abril por el Semanario Judicial de la Federación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esta es la historia.
Un trabajo no pagado
Todo comenzó cuando un ayuntamiento en Veracruz (no especificado) contrató a un trabajador para que realizara una serie de labores a favor del gobierno municipal.
Sin embargo, las autoridades veracruzanas y el empleado en cuestión nunca firmaron un contrato por los trabajos encargados, simplemente se llegó a un acuerdo de verbal.
Las labores siguieron, el trabajador terminó y el ayuntamiento dio el visto bueno. Entonces el empleado emitió una serie de facturas para que las autoridades municipales le pagaran. Pero el dinero nunca llegó.
Cuando el empleado se percató que las autoridades municipales ignoraron sus facturas, los buscó para saber qué pasaba y que se solucionara, pero no le respondieron y se desentendieron del pago.
El contraataque del trabajador
Ante la negativa del ayuntamiento, el trabajador promovió un juicio contencioso administrativo en su contra para obligarlos a pagar.
El caso llegó a manos del entonces Tribunal Estatal de Justicia Administrativa que falló a favor del trabajador y reconoció el reclamo del pago adeudado a pesar de no haber contrato alguno.
El ayuntamiento en cuestión no se quedó con los brazos cruzados y presentó un recurso de revisión contra la decisión del tribunal.
Fue entonces que la Sala Superior del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa revisó el caso y falló a favor del ayuntamiento, revocó la sentencia original y sobreseyó el juicio, es decir, canceló el caso.
Para la Sala Superior, las autoridades municipales no tienen ninguna deuda con el trabajador porque no existe ningún contrato firmado por ambas partes.
Claramente inconforme con la sentencia del recurso de revisión, el trabajador presentó un amparo directo como último recurso legal para ver su trabajo remunerado.
El fallo final del Tribunal: papelito habla
El caso quedó en manos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito quien finalmente falló en contra del trabajador y a favor del ayuntamiento.
En su sentencia, el tribunal colegiado respaldó la decisión de sobreseer el caso bajo el argumento de que nunca hubo una contrato firmado entre ambas partes.
«Cualquier operación que involucre recursos públicos debe formalizarse por escrito, ya sea a través de un contrato de naturaleza administrativa, o de algún acuerdo de voluntades de similar naturaleza», detallaron el tribunal colegiado.
Los magistrados explicaron que si bien el trabajador demandante aseguró la existencia de un acuerdo de palabra, en el caso de obras o servicios públicos no existe el consentimiento verbal, sino que debe de firmar un contrato escrito.
«Un contrato verbal […] no constituye un elemento con la suficiente convicción para estimar formalizado el acuerdo de voluntades entre el particular y la autoridad», señalaron los magistrados.
El tribunal colegiado mencionó que al no haber contrato no se puede analizar los alcances de la supuesta deuda entre el trabajador y el ayuntamiento.
Con esta decisión de los magistrados, el caso fue cerrado y el ayuntamiento no se vio obligado a pagarle al trabajador.